05/09/2015
Los comentarios de prensa sobre la cuarta jornada del juicio oral contra Menem, Galeano, Anzorreguy, etc., destacaron los dos hechos que consideraron importantes de la audiencia del jueves 3 de setiembre.
Los comentarios de prensa sobre la cuarta jornada del juicio oral contra Menem, Galeano, Anzorreguy, etc., destacaron los dos hechos que consideraron importantes de la audiencia del jueves 3 de setiembre.
Por un lado, los jueces del TOF 2 leyeron su resolución rechazando las
cuestiones preliminares planteadas por los acusados en la audiencia anterior y,
por otro lado, tanto Menem como Galeano se
negaron a prestar declaración indagatoria ante el Tribunal que los está
juzgando. Como es habitual en estos casos, los jueces dispusieron que se lean los
testimonios que dieron ante el juez Lijo, quien los acusó y sometió a este
proceso.
Pero en los medios pasó totalmente desapercibido qué dijeron los jueces sobre el motivo que tuvo Anzorreguy para no estar presente en la audiencia. El ex jefe de la SIDE tiene el hábito de faltar a las audiencias como modo de cuestionar el juicio. Sobre las cuatro jornadas ya realizadas sólo se acercó al edificio de Comodoro Py en una oportunidad y aún así no estuvo presente en la sala de audiencias sino en una sala contigua, de modo que no fue visto siquiera por el Tribunal.
En esta oportunidad Anzorreguy no se excusó en
cuestiones menores: sus abogados sugirieron que el hombre presentaría un deterioro
cognitivo tan importante y súbito como para cuestionar la posibilidad misma de
ser juzgado.
Los jueces resolvieron aceptar el planteo y
ordenaron a los médicos forenses realizar estudios y un amplio informe para
determinar si sus facultades mentales se ajustan a las normas del Código para
declararlo inimputable. En los próximos días, las querellas y la Fiscalía
sumarán sus propios peritos para participar de esos estudios.
En tanto, y hasta que el informe pericial tenga lugar y los jueces lo evalúen, se suspende de hecho el proceso contra Hugo Anzorreguy. La suspensión impedirá su declaración indagatoria y la continuidad del juicio contra él (art. 77 del Código).
Punto final al juicio contra Anzorreguy?